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Divorcios.
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Divorcios.
- Redacción
Convenio Mutuo Acuerdo.
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Liquidaciones
de gananciales y Patrimonio conyugal.
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de la liquidación.
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Regulador.
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potestad.
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de visitas.
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STC.
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Convenios Reguladores.
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Convenios
Reguladores.
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divorcio y nulidad.
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de hecho.
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y disfrute de la vivienda conyugal.
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Judiciales.
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de demanda.
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completa ante Juzgados y Tribunales de cualquier tipo.
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Recursos ante el mismo juzgado que dicta una resolución.
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ante tribunales superiores.
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Información
jurídica
Guarda y Custodia
Cuando una pareja con hijos decide poner fin a su relación
matrimonial o de hecho, surge la cuestión de cuál
de los dos progenitores se hará cargo de la guarda
y custodia de los menores.
En
principio, la custodia no otorga más derechos sobre el
menor que los que tenga el progenitor que ejerce las visitas.
Es decir, la separación o el divorcio lo único que
implican es que los hijos convivirán más tiempo
con el progenitor custodio, pero el resto de las funciones (velar
por ellos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación
integral, representarlos y administrar sus bienes) siguen siendo
compartidas entre ambos, ya que la patria potestad es un derecho
que sigue perteneciendo a los dos padres al 50%.
La
decisión, por tanto, de con cuál progenitor van
a convivir con más habitualidad, asumiendo su cuidado,
educación de forma más regular y frecuente, ha de
ser consecuencia de la comprensión de lo que se ha de entender
por paternidad y maternidad responsable.
Cuando
los progenitores no se ponen de acuerdo (en convenio regulador
o en el transcurso del procedimiento) respecto a que sea uno de
ellos o ambos conjuntamente quien ejercite la guarda y custodia
de los hijos, el Juez deberá decidir cuál de los
dos progenitores se encuentra más capacitado para ejercerla.
Atribuida
a uno de los progenitores la guarda y custodia del menor, es necesario
para el adecuado desarrollo integral del mismo un periódico
y habitual contacto con ambos progenitores, por lo que deberá
establecerse un amplio régimen de visitas a favor del progenitor
no custodio.
En
Abogados y Familia te ofrecemos
el mejor asesoramiento en la materia para que puedas conocer todos
tus derechos y saber cuál es la mejor forma de actuar en
cada caso con el fin de garantizarte una correcta defensa de tus
intereses. |
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Información
jurídica
Divorcio
Madrid
Cuando
un matrimonio atraviesa una situación de crisis se puede
plantear la posibilidad de que ambos cónyuges decidan
continuar su vida por separado.
En
ese momento es esencial contar con una visión completa
que nos permita tomar las decisiones acertadas para proteger
de una forma adecuada tanto las relaciones con nuestros hijos
como el patromonio existente.
Si
no es posible la reconciliación de los cónyuges,
lo más adecuado sería plantear el divorcio como
una solución.
¿En
qué consiste el divorcio?
Se trata de la disolución del vínculo matrimonial
mediante una sentencia judicial, en la cual se regularán
tanto las relaciones paternofiliales como las económicas
existentes en la unidad familiar.
Existen
dos tipos de procedimientos a la hora de plantear un
divorcio:
Por
un lado, encontramos el procedimiento de divorcio
de mutuo acuerdo, el cual es el más aconsejable,
ya que tiene una duración inferior y podemos recoger
todos aquellos acuerdos alcanzados por los cónyuges en
un convenio regulador, pudiendo incluirse,
entre otros, los siguientes aspectos:
•
Custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos…
• Atribución del uso y disfrute de la vivienda
familiar…
• Establecimiento de pensión compensatoria a uno
de los cónyuges.
• Liquidación del régimen económico
del matrimonio…
Dicho
procedimiento se inicia mediante una demanda ante el Juzgado
a la cual se adjuntará el convenio regulador pactado
entre los cónyuges. El siguiente paso será ratificar
dicho convenio ante la autoridad judicial y sin más trámites,
se dictará sentencia que apruebe tanto la disolución
del matrimonio como el convenio regulador aportado.
Por
otro lado, tenemos el procedimiento de divorcio
contencioso.
Cuando
los cónyuges no logran un entendimiento pero a pesar
de ello uno o ambos desean poner fin a la relación matrimonial,
éste sería el procedimiento por el que deberán
optar. El mismo se inicia con una demanda de divorcio
contencioso en la cual se hará constar la solicitud
de disolución del vínculo matrimonial y la regulación
de las relaciones paternofiliales.
Al
contrario que en el divorcio de mutuo acuerdo, en este procedimiento
no cabe la liquidación del régimen de gananciales,
ya que sólo podrán adoptarse aquellas medidas
económicas de mayor relevancia y urgencia, tales como
la atribución del uso del domicilio familiar o el establecimiento
de pensiones, ya sea de alimentos y/o compensatoria.
Por
ello, es vital contar con el asesoramiento de un profesional
que nos ayude a determinar cuál sería el procedimiento
más adecuado, así como una correcta protección
de nuestros intereses.
En
Abogados y Familia contamos con la
presencia de profesionales especializados en derecho
matrimonial que no dudarán en aconsejarte de
la manera más adecuada según las circunstancias
personales de cada caso.
NOS
ADAPTAMOS A LA CRISIS. DEFIENDA
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