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Abogados Separaciones Pozuelo de Alarcón

          Abogados Separaciones Pozuelo de Alarcón

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Despacho de Abogados en Pozuelo de Alarcón especializados en Separaciones.
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  • Pensión a los hijos y pensión compensatoria.
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  • Abogados Convenios Reguladores.
  • Convenios Reguladores.
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  • Recursos ante el mismo juzgado que dicta una resolución.
  • Separación judicial.
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Información jurídica Abogados y Familia Adopciones


Consiste en el acto jurídico por el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas de forma análoga a las originadas en el caso de la paternidad.

La adopción viene regulada en los artículos 175 y siguientes del Código Civil.

La adopción requiere que el adoptante sea mayor de veinticinco años. En la adopción por ambos cónyuges basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad. En todo caso, el adoptante habrá de tener, por lo menos, catorce años más que el adoptado.

Únicamente podrán ser adoptados los menores no emancipados. Por excepción, será posible la adopción de un mayor de edad o de un menor emancipado cuando, inmediatamente antes de la emancipación, hubiera existido una situación no interrumpida de acogimiento o convivencia, iniciada antes de que el adoptado hubiere cumplido los catorce años.

Nunca podrá adoptarse:

  • A un descendiente.
  • A un pariente en segundo grado de la línea colateral por consanguinidad o afinidad.
  • A un pupilo por su tutor hasta que haya sido aprobada definitivamente la cuenta general justificada de la tutela.

La adopción se constituye por resolución judicial, que tendrá en cuenta siempre el interés del adoptado y la idoneidad del adoptante o adoptantes para el ejercicio de la patria potestad.

La adopción produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior y es irrevocable.

Un aspecto de gran importancia recogido por nuestro Código Civil es aquel que permite a las personas adoptadas, una vez alcanzada la mayoría de edad o durante su minoría de edad, representadas por sus padres, conocer los datos sobre sus orígenes biológicos. Las Entidades Públicas españolas de protección de menores, previa notificación a las personas afectadas, prestarán a través de sus servicios especializados el asesoramiento y la ayuda que precisen los solicitantes para hacer efectivo este derecho.

En Abogados y Familia te ofrecemos el mejor asesoramiento en la materia para que puedas conocer todos tus derechos y saber cuál es la mejor forma de actuar en cada caso con el fin de garantizarte una correcta defensa de tus intereses.

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Separación Matrimonial Pozuelo de Alarcón

Cuando una pareja atraviesa una situación de crisis matrimonial, antes de plantearse una ruptura definitiva de la relación, pueden tratar de darse un tiempo en el cual los cónyuges vivirán separados para decidir si continúan adelante con su matrimonio o por el contrario ponen punto y final al mismo. A ese período de reflexión se le denomina separación.

No obstante, cabe la posibilidad de que, una vez separados los cónyuges, nunca vuelvan a reconciliarse. En ese caso, si las partes no instan un procedimiento de divorcio habrán puesto fin a su relación de pareja pero no a su vínculo matrimonial, es decir, que no podrán contraer nuevas nupcias, ya que seguirán casados, lo cual no excluye la posibilidad de extinguir el régimen económico matrimonial o regular las relaciones paternofiliales.

La separación puede ser de dos tipos: de hecho y de derecho.

La separación de hecho es aquella en la que los cónyuges deciden poner fin a su relación sin contar con una resolución judicial que regule la misma.

El principal inconveniente es que los acuerdos a los que lleguen las partes no podrán ser ejecutados por un juez, por lo que si se plantean problemas a la hora de cumplir con lo pactado, únicamente cabrá la posibilidad de acudir a un procedimiento judicial de separación o de divorcio, pero no reclamar por un incumplimiento del acuerdo alcanzado ya que el mismo no tiene eficacia legal alguna.

Por este motivo es desaconsejable no regular de una forma jurídica la separación en sí, ya que si luego existen problemas, no estaremos protegidos de forma inmediata por los Tribunales.

Ejemplos que se pueden dar en este sentido son, entre otros, los siguientes:

• Impago de pensiones.
• Negativa a abandonar el domicilio familiar por uno de los cónyuges.
• Incumplimiento del régimen de visitas.
• No devolución de los menores al domicilio materno o paterno tras la visita acordada…

La separación de derecho es aquella que se produce cuando ambos cónyuges o uno de ellos insta el correspondiente procedimiento judicial de separación.

El proceso es prácticamente idéntico al seguido en caso de divorcio, con la única diferencia que no se extinguiría el vínculo matrimonial.

Existe la posibilidad de plantear dos tipos de procedimientos:

La separación de mutuo acuerdo consistiría en la interposición de una demanda con el consentimiento de ambos cónyuges así como la aportación de un convenio regulador que rija las relaciones entre los propios cónyuges y entre los hijos de estos si existieran. Posteriormente, y sin necesidad de la celebración de juicio, los cónyuges se ratificarán ante la autoridad judicial.

De esta forma, el acuerdo alcanzado por los cónyuges y aprobado por la autoridad judicial, tendría valor ejecutivo, es decir, que en caso de incumplimiento por alguno de los cónyuges puede solicitarse al juez que obligue a la otra parte a su cumplimiento.

La separación contenciosa consiste en el procedimiento judicial de separación instado por uno de los cónyuges en caso de no existir posibilidad de acuerdo.

Se insta a través de una demanda y en la misma se recogerán todos nuestros pedimentos en cuanto a las relaciones paternofiliales, así como el establecimiento de las pensiones correspondientes (pensión de alimentos o pensión alimenticia, pensión compensatoria).

La sentencia dictada en el procedimiento contencioso, el cual engloba la celebración de un juicio en el cual se expondrán las diferentes posturas de los cónyuges, recogerá la cesación de la convivencia de los cónyuges, así como el régimen de las relaciones paternofiliales y la atribución del domicilio familiar entre otras cuestiones.

Ante una decisión tan difícil como la que supone poner fin a un matrimonio, es conveniente contar con un asesoramiento de primer orden que nos permita conocer cuáles son nuestros derechos así como nuestras obligaciones para una correcta defensa de nuestros intereses.

Por ello, en Abogados y Familia contamos con profesionales dedicados en exclusiva al derecho matrimonial que les garantizarán una defensa efectiva de sus intereses así como un asesoramiento completo para resolver cuantas dudas puedan plantearse a lo largo del procedimiento.

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